Modificaciones en los registros del SII a partir del 1 de julio de 2018
Modificaciones en la Orden HFP/417/2017 que desarrolla el sistema de reporte en el SII
Se introducen modificaciones en la Orden HPF/417/2017 que desarrolla el sistema de llevanza de los Libros del IVA a través de la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con efectos a partir del 1 de julio de 2018.
Como consecuencia de la aprobación de esta Orden, las Empresas deberán revisar el impacto que las modificaciones pueden generar en su operativa, y por otro lado, tomar las medidas necesarias para gestionar la adaptación a la nueva estructura del fichero XML. que sirve de base para el envío de la información en el SII.¿Cuáles son las principales modificaciones en los registros del SII?
- Se introduce un nuevo campo identificativo (nombre-razón social y NIF asociado a la entidad sucedida), para los registros de facturación realizados por una entidad, en su condición de sucesora de otra entidad por operaciones de reestructuración Societaria.- Se crean dos marcas específicas para las facturas simplificadas “cualificadas” en las que se consignan los datos del destinatario de acuerdo con los apartados 2 y 3 del artículo 7 del RD 1619/2012, y para las facturas completas en las que no es obligatorio identificar al destinatario según el artículo 6.1.d) del RD 1619/2012, tanto para emitidas como recibidas. Estas facturas se informarán, respectivamente, junto con las facturas completas con clave “F1” y junto a las facturas simplificadas con clave “F2”.
- En el libro registro de facturas recibidas, se añade la clave de factura “LC Aduanas - Liquidación complementaria”.
- Se establece una marca para identificar aquellas facturas expedidas por terceros por exigencia normativa en entregas de energía.
- En el libro registro de facturas expedidas se crean campos específicos para declarar varias bases imponibles asociadas a distintas modalidades de causa de exención.
- Se incluye una nueva clave -domiciliación bancaria- de medio de cobro/pago de las operaciones acogidas o afectadas por el régimen especial del criterio de caja del IVA.
- Se crean dos nuevas claves para facturas expedidas para identificar los registros correspondientes a las devoluciones en régimen de viajeros.
- Se crea un identificador que especifica los registros de facturación con dificultades para enviarse en plazo.
- Se introduce un identificador que especifica las facturas, emitidas o recibidas, con importe superior o igual a 100.000 euros.
- Se crea un campo adicional de contenido libre denominado “referencia externa”.
- También se cambian de denominación algunos campos de registro para ofrecer una mayor precisión y claridad en su contenido.
¿Qué otras modificaciones se introducen?
- Se establece que las agencias de viajes deberán informar de las prestaciones de servicios en cuya realización intervienen actuando como mediadores en nombre y por cuenta ajena.
- Los sujetos pasivos que queden obligados a llevar los libros registros del IVA a través del SII desde una fecha diferente al primer día del ejercicio, deberán remitir los registros de facturación anteriores a la inclusión, correspondientes al mismo ejercicio en que se produzca la citada inclusión.
- Se permite realizar un envío independiente cuando una factura de arrendamiento de locales de negocio no sujetos a retención tenga más de quince referencias catastrales.
Plan de acción en un futuro inmediato
Las modificaciones introducidas en el sistema de llevanza de Libros del SII afectan, por una parte, a determinados datos a reportar, siendo por tanto necesario que las compañías revisen si las mismas tienen incidencia sobre el tipo de operaciones que declaran en el SII y, en su caso, adapten la información a las nuevas exigencias.Por otra parte, estas modificaciones suponen un cambio generalizado en la configuración del formato XML, que sirve de base para el envío del SII –en su Versión 1.1.-, por lo que todas las compañías deberán tomar las medidas necesarias para gestionar la adaptación de sus sistemas para poder crear el nuevo fichero XML. a partir del 1 de julio de 2018.
Dicha versión 1.1., cuyas especificidades técnicas están publicadas en la página de la Agencia Tributaria, estará operativa en el Portal de Pruebas a partir del día 3 de mayo.
Fuente : KPMG España
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